TRATADO DE LÍMITES CON CHILE (23/07/1881)

Los Ministros Plenipotenciarios, doctor BERNARDO DE IRIGOYEN por la República Argentina y FRANCISCO DE ECHEVERRÍA por la de Chile, firmaron, para poner a la consideración de sus respectivos gobiernos, un Tratado de Límites que debía fin a la controversia sobre los derechos de soberanía de cada país, sobre el Estrecho de Magallanes y Tierra del Fuego.

El presidente ROCA heredó el problema que había quedado pendiente desde la anterior presidencia de Avellaneda, durante la cual todos los intentos de acuerdo habían fracasado.

La situación llegó a tal punto de tensión que hasta fueron suprimidas temporalmente las legaciones de ambos países. El gobierno chileno quería que toda la Patagonia fuera objeto de arbitraje, pero Roca no aceptó la pretensión.

En noviembre de 1880 el representante de los Estados Unidos en Chile se dirigió por carta a su colega acreditado en Buenos Aires, enviándole una propuesta que debía servir de base para una nueva negociación argentino-chilena.

Roca dio su apoyo a la gestión de los ministros estadounidenses y, sobre la base de anteriores negociaciones, en febrero de 1881 se reanudaron las conversaciones para solucionar el litigio.

En mayo el anteproyecto del Tratado fue aprobado por las dos partes y siete meses después del comienzo de las conversaciones se llegó al acuerdo que fue firmado en Buenos Aires por el cónsul general de Chile, FRANCISCO DE BORJA ECHEVERRÍA, y por el ministro argentino de Relaciones Exteriores, BERNARDO DE IRIGOYEN.

El tratado presentaba muy pocas modificaciones en relación con un acuerdo realizado en 1876, que finalmente no había sido aceptado por el gobierno chileno.

Establecía la libre navegación del estrecho de Magallanes, su neutralidad a perpetuidad y el compromiso de no fortificarlo en toda su extensión.

Además, quedaba para la Argentina parte de Tierra del Fuego y la Isla de los Estados, dejando fuera de la disputa toda la Patagonia, hasta el paralelo 52.

En el tratado se sentó el principio de que en adelante los conflictos serían sometidos al fallo de una nación amiga (ver Conflictos de límites de Argentina con países vecinos).

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