FOMENTO DE LA INMIGRACIÓN Y COLONIZACIÓN DE LA TIERRA PÚBLICA (04/09/1812)

El 4 de septiembre de 1812 el Triunvirato firmó un notable decreto sobre inmigración y colonización. “El gobierno ofrece su inmediata protección,  dice en los considerandos, a los individuos de todas las naciones y a sus familias que quieran fijar su domicilio en el territorio del Estado, asegurándoles el pleno goce de los derechos del hombre en sociedad. A los extranjeros que se dedicaran al cultivo de los campos, el decreto ordenaba que se les diera terreno suficiente, se les auxiliara para sus primeros establecimientos rurales y en el comercio de sus producciones gozando de los mismos privilegios que los naturales del país.  Por último, a los que se aplicaran al beneficio de las minas, se les repartiría gratuitamente los terrenos baldíos, y se les permitiría la libre introducción de los instrumentos necesarios para la explotación de minas.

Este decreto lleva las firmas de CHICLANA, PUEYRREDÓN y RIVADAVIA. Más tarde, la Asamblea del año 1813, dictó algunas medidas de carácter económico para combatir el latifundio. A este efecto suprimió los mayorazgos y facultó al Poder Ejecutivo para que distribuyera la tierra pública “por el modo que crea más conveniente al incremento del Estado”. En el año 18l8 el director PUEYRREDÓN reglamentó minuciosamente el repartimiento de tierras. Dentro de la línea de fronteras se donaban terrenos baldíos, con la condición de que se debían poblarlos a los cuatro meses de entrado en posesión del terreno. La extensión (1), de las tierras concedidas debía guardar relación con la capacidad del poblador para colonizarlas, pero el gobierno no se obligaba a proteger a los nuevos propietarios contra la invasión de indios.

El Congreso de 1819 dictó una ley por la que se dispuso la repartición de terrenos baldíos en las provincias de Salta, Cuyo, Jujuy, Santiago, Catamarca y Córdoba. Ä muchos abusos dieron lugar estas donaciones. Se denunciaron extensas superficies, aún dentro de la frontera asegurada. En la mayoría, no se cumplieron las condiciones de población impuestas por el gobierno…En la primera época de la independencia, el gobierno no podía emplear otro método que las donaciones para poblar su territorio y especialmente la frontera. Eran pocas las fuerzas que disponía para detener al salvaje en tres frentes dilatados, la policía y la organización judicial resultaban deficientes para hacer respetar el derecho a crearse (1) ver “De Nuestra Historia”, Revista mensual de Historia Americana, N° 1.

3 Comentarios

  1. MARTA SUSANA REPETTO BONINI

    QUIERO SABER SI LA FAMILIA DE MI ABUELO (BARTOLOME BONINI) QUE VIVIO EN GENOVA TUVO ALGUN NOBLE(CONDE POR EJEMPLO)

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  2. MARTA SUSANA REPETTO BONINI

    LA FAMILIA DE MI ABUELO ; NACIDA EN GENOVA TUVO ALGUN NOBLE? EL SE LLAMABA BARTOLOME BONINI

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  3. MARTA

    EXISTIO ALGUN CONDE BONINI EN GENOVA?

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